- Ante cualquier molestia o acto irrespetuoso causado a los clientes o al personal del albergue.
- Cuando estemos al completo con el aforo máximo que tenemos: 8 personas en al alojamiento y 25 personas en al Bar/Cafetería.
- Cuando se hayan superado nuestros horarios de cierre.
- Cuando se den situaciones de carácter violento o agresivo.
- Cuando sea evidente la falta de higiene personal o no se vista o calce adecuadamente en los lugares comunes.
- Cuando se consuman en el establecimiento drogas o se muestren síntomas de haberlas consumido.
- Cuando se muestren signos o comportamientos evidentes de embriaguez.
- Cuando se ocasionen desperfectos malintencionados en las instalaciones.
- Cuando se generen, escándalos o bullicios, especialmente ante quejas de otros usuarios a los que perturbe su tranquilidad e intimidad.
- Nos reservamos también el derecho de poder impedir el acceso y/o la permanencia en nuestro establecimiento de las personas que ya hayan incumplir con anterioridad lo convenido en estas Normas de Régimen Interior.
- Así mismo y si fuera preciso nos reservamos la posibilidad de recabar el auxilio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.